SE QUIEBRA EL CIRCULO DE LAS AMENAZAS PATRONALES

Con fecha 10 de marzo de 2025, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Martín dictó el procesamiento de Daniel Lacoa y Carlos Alberto Collongues ex directivos de ASTARSA, como partícipes necesarios del delito de privación ilegal de la libertad.

Por Claudio San Juan

Al gerente y subgerente de relaciones laborales de la empresa Astilleros Argentinos Río de la Plata S.A (ASTARSA) el hecho que se les imputó, consiste en haber brindado los datos personales de los empleados de la empresa “ASTARSA” al personal militar, durante el período comprendido entre octubre 1975 y setiembre 1977, aprovechando su posición jerárquica en dicha empresa. Este hecho facilitó las detenciones llevadas a cabo por el personal militar u otras fuerzas de seguridad sobre 20 trabajadores de ASTARSA, parte de los cuales se encuentran desaparecidos y/o asesinados.

Sobre los procedimientos en ASTARSA y la detención de los obreros navales se recabaron pruebas y testimonios de las distintos casos pertenecientes a la causa “Riveros, Santiago Omar y otros s/privación ilegal de la libertad personal, tortura y homicidio agravado con ensañamiento y alevosía”.

Dichos fundamentos para resolver la situación procesal de Daniel Lacoa y Carlos Alberto Collongues –gerente y subgerente de relaciones laborales de la empresa ASTARSA, fueron descriptos parcialmente en el documento “Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado” en el apartado Astilleros Astarsa y Mestrina (p. 347 – 414), presentado sobre el fin de la década ganada. En dicho documento se ponen de manifiesto las amenazas patronales a los obreros navales.

El “conflicto” en ASTARSA: Hasta el 25 de mayo, el régimen; después, el pueblo

El día previo a la asunción de Cámpora, se publica una solicitada de la Agrupación Lista Marrón del Sindicato de Obreros de la Industria Naval de Zona Norte, adherida a la JTP (“¿Hasta cuándo?”, Crónica, edición matutina, 24 de mayo de 1973, página 14), denunciando las pésimas condiciones de trabajo, persecución y cesantía.

Dicha denuncia es inmediatamente confirmada cuando, a las 9:30 de esa jornada, José María Alesia, trabajador naval de ASTARSA, tuvo un accidente mientras soldaba en el fondo de un barco en construcción. El 30 de mayo, luego de confirmarse la muerte de este último, los trabajadores deciden tomar el astillero y elevan un petitorio de cinco puntos para su cumplimiento:

1) Expulsión del cuerpo de Higiene y Seguridad de la empresa.
2) Creación de la Comisión Obrera de Higiene y Seguridad.
3) Pago de los salarios caídos.
4) Reincorporación de los despedidos por causas políticas o gremiales.
5) Que no se tomen represalias contra los obreros que participaron en la lucha.

En el transcurso de la toma, la Lista Marrón de los trabajadores navales (que encabezó la toma del astillero) que adhiere a la JTP, recibe el apoyo de los vecinos y de los flamantes diputados nacionales. La resolución del conflicto dispuso el cumplimiento de todos los puntos reclamados, entre otros, la constitución de una comisión de Control Obrero de la Higiene y Seguridad.

Esta comisión llegó a incidir en el control obrero de la producción, en términos de Gramsci, como una fase sindical elemental de la lucha del proletariado contra el capitalismo, mediante la resistencia primero y la ofensiva después. La experiencia de la Comisión de Control Obrero de la Higiene y Seguridad resultó inédita y fue un referente de las luchas obreras en defensa de la salud y seguridad de las y los trabajadores.

En síntesis y en palabras de uno de sus protagonistas, Luis Francisco Benencio: “El control de los obreros sobre las condiciones de trabajo no se había dado nunca en Argentina, y esta primera experiencia demostró la efectividad de la gestión de los trabajadores. Antes, por cada barco que se construía, morían uno o dos operarios, y en los tres años que nosotros nos hicimos cargo del control, no hubo más mortalidad, lo cual pone de relieve la eficacia de los obreros gestionando”.

Como se verá más adelante, la experiencia en los astilleros será un referente ineludible de otras comisiones internas y ocupará un lugar preponderante en las jornadas contra el “rodrigazo”.
El procesamiento de los ex directivos de ASTARSA, como partícipes necesarios del delito de privación ilegal de la libertad, viene a reparar levemente la lucha de las familias de los obreros navales de ASTARSA que fueron desaparecidos y asesinados.

Parafraseando a Rodolfo Walsh en su crónica sobre el Cordobazo, es posible que se quiebre el círculo de las amenazas patronales.